Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL – DESPACHO 08 Lugar y fecha Proceso: Radicado: Demandante: Demandados: Medellín, ocho (8) de abril de dos mil veintiséis (2026) Verbal – Resolución contrato 05001310300520230022501 Gladys Vargas Ramírez Norbey Alonso Gallego Vargas Mónica María Tobón Díaz Industria Colombiana de Café - Colcafé S.A.S. Admite apelación Decisión: Magistrada sustanciadora: Adriana Largo Taborda Realizado el estudio preliminar de que tratan los artículos 321, 322 y 323 del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación formulado por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Oralidad de Medellín el 2 de marzo de 2026.
De conformidad con el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se concede a los apelantes el término de CINCO (5) días, contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que sustenten en esta instancia su recurso, so pena de que se declarare desierto, en atención a lo expuesto por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia en sentencias STC20851 de 20251 y STC139 de 20262, al realizar una interpretación conjunta de la referida norma y de los artículos 322 y 327 del Código General del Proceso.
De las sustentaciones se correrá traslado a la contraparte, por el término de CINCO (5) días, lo cual se realizará por Secretaría, 1 2 Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, Corte Suprema de Justicia. Sentencia STC20851 de 2025. Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, Corte Suprema de Justicia. Sentencia 139 de 2026. Radicado 05001310300520230022501 aunque los recurrentes hubieran actuado conforme al parágrafo del artículo 9° de la Ley 2213 de 2022.
Compártase el enlace del expediente a los correos electrónicos pereznegrete@hotmail.com, dirjuridica@impactolegalabogados.com, infoimpactolegal@gmail.com, henryesteban90@hotmail.com. Surtido lo anterior, ingrésese nuevamente el expediente al Despacho para continuar con el trámite que corresponda. Notifíquese (Firmado electrónicamente) ADRIANA LARGO TABORDA Magistrada Firmado Por: Adriana Del Socorro Largo Taborda Magistrada Sala 008 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d37db436c21de02af73724faf265d957aa70a87f7129fdb2aecb84e4aa5a7e32 Documento generado en 08/04/2026 01:43:12 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica