RAD. 47.001.31.53.004.2022.00134.01 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA QUINTA DE DECISIÓN CIVIL - FAMILIA Santa Marta, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. Mediante proveído del 11 de los corrientes, se dispuso correr traslado al extremo pasivo, por el término de 5 días, para que sustentara la apelación interpuesta contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Civil noviembre de del Circuito 2024, al de Santa Marta, el del proceso ejecutivo interior 14 de iniciado por el Banco Davivienda S.A. contra Fredy Mauricio Rodríguez Quintanilla, so pena de declararse desierta, limitándose a los reparos concretos, a la luz de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 2213 del 13 de junio de 2022, tal como se explicó en sus consideraciones.
Ahora bien, del informe secretarial que antecede, se desprende que esa determinación fue publicada en el estado No. 021 del día siguiente. Sin embargo, el extremo demandado no sustentó el recurso dentro del término señalado, que feneció el día de ayer, por lo que la alzada se declarará desierta. Por lo expuesto, se
RESUELVE
RAD. 47.001.31.53.004.2022.00134.01 2 PRIMERO: DECLARAR DESIERTA la apelación interpuesta por la parte demandada, contra la sentencia emitida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Santa Marta, el 14 de noviembre de 2024, al interior del proceso ejecutivo iniciado por el Banco Davivienda S.A. contra Fredy Mauricio Rodríguez Quintanilla, de conformidad con lo expuesto en las líneas considerativas.
SEGUNDO: Ejecutoriado este proveído, y previas las anotaciones del caso, devuélvase la actuación al juzgado de origen.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CRISTIAN SALOMÓN XIQUES ROMERO Magistrado Firmado Por: Cristian Salomon Xiques Romero Magistrado Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 387514d780d27c6a10db87f9c6520016a9cbcb825c86cef6a1de9440ff3157f0 Documento generado en 25/02/2025 04:46:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica