Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 003 2019 00232 Consulta

Sala: SALA LABORAL

REFERENCIA: PROCESO ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA RADICACIÓN: 05001 31 05 003 2019 00232 01 DEMANDANTE: MARTA IRENE BETANCUR DE CÁRDENAS GILMA DEL SOCORRO GÓMEZ FRANCO (interviniente) DEMANDADO: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES Medellín, tres (3) de febrero de dos mil veinticinco (2025) AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta a favor de Colpensiones respecto de la sentencia proferida el 29 de octubre de 2024 por el Juzgado 3° Laboral del Circuito de Medellín, en aplicación del art. 14 de la Ley 1149 de 2007.

De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por Secretaría regresen las diligencias al Despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_ gov_co/EnVyok5fmDVIp u7zTNUmTTgB_TtHzh7O-pLBe9Ja1BwaAw?e=WLJdly Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: aafc7a9423bc80bc43d62e0e0f67c82b9031a4e85d673d3dfbb176818f9e9659 Documento generado en 03/02/2025 03:05:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica