Micelio

auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: F 532-24 Auto requiere a colpensiones 2da vez (1) (1)

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

MARCO TULIO BORJA PARADAS Magistrado Sustanciador FOLIO 532-2024 Radicación n° 23-001-31-05-002-2023-00085-01 Montería, catorce (14) de marzo de dos mil veinticinco (2.025). Mediante auto de fecha 21 de febrero de 2025, dictado dentro del proceso de referencia, se solicitó a COLPENSIONES el expediente administrativo contentivo de la historia laboral del señor FRANCISCO SAEZ ARROYO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.551.566, otorgándoles el término de cinco (05) días hábiles para el efecto.

Lo anterior fue comunicado el 26 de febrero de 2025, a través del correo notificacionesjudiciales@colpensiones.gov.co, sin que a la fecha se haya remitido lo solicitado. Por lo anterior, se ordenará solicitar a Colpensiones, por segunda vez, que allegue el expediente administrativo solicitado, en un término de hasta tres (03) días hábiles, con la advertencia de que, en caso de guardar silencio nuevamente, se procederá a abrirse incidente de desacato contra el representante legal de dicha entidad, de conformidad con lo estipulado en el numeral 3 del artículo 44 del C.G.P. 1 2 Radicación n° 23-001-31-05-002-2023-00085-01.

Folio 532-2024 En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, en Sala Unitaria de Decisión Civil-FamiliaLaboral;

RESUELVE

PRIMERO: SOLICITAR a COLPENSIONES, por segunda vez, el expediente administrativo contentivo de la historia laboral del señor FRANCISCO SAEZ ARROYO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.551.566, en donde se pueda observar a detalle el pago de las cotizaciones realizadas a su favor. Para tal efecto, se le concede a esa administradora de pensiones un término de tres (03) días hábiles contados a partir de la respectiva comunicación u oficio.

SEGUNDO: ADVERTIR que, en caso de guardar silencio nuevamente, se procederá con apertura de trámite incidental contra el representante legal de dicha entidad, de conformidad con el numeral 3 del artículo 44 del C.G.P.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARCO TULIO BORJA PARADAS Magistrado Firmado Por: 2 Marco Tulio Tercero Borja Paradas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 208ec67215304a06560f943dd7fbbc8d0761c72df1224cbbff618accc76afc13 Documento generado en 14/03/2025 03:35:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica