Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Adm Apela Auto Ejc Cto 001-2024-00135-02 José Palomo

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73283-31-12-001-2024-00135-01 Asunto: Proceso Ejecutivo laboral - apelación auto Demandante: José Ricaurte Palomo Arango Demandado: Provigas Colombia S.A E.S.P REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Magistrado Ponente: Radicado No.: Demandante: Demandada: Carlos Orlando Velásquez Murcia 73283-31-12-001-2024-00135-02 José Ricaurte Palomo Arango Provigas Colombia S.A E.S.P-Soluciones Compromiso Ambiental y social Ejecutivo laboral -Apelación auto Asunto: Integrales con Ibagué, diez (10) de abril de dos mil veintiséis (2026).

Por ser procedente y haberse sustentado, se admite el recurso de apelación interpuesto por la apoderada de la parte ejecutada contra el auto de 18 de febrero de 2026, proferido por el Juzgado Civil del Circuito con Conocimiento en Asuntos laborales de Fresno, mediante el cual decreto y limitó medidas cautelares. De acuerdo con lo previsto en la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, artículo 13, numeral 2, ejecutoriada esta providencia se CORRE TRASLADO para alegar por escrito por el término de cinco (5) días a las partes.

Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9e8bbf86a5a7b15323e7fded41385b0162b76adead09ca6179ebfe2438101b8a Documento generado en 10/04/2026 12:27:54 PM Radicado No.: 73283-31-12-001-2024-00135-01 Asunto: Proceso Ejecutivo laboral - apelación auto Demandante: José Ricaurte Palomo Arango Demandado: Provigas Colombia S.A E.S.P Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica