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auto — Tribunal Superior de Pasto

Radicado: 2019-00172-02 (584) pretensiones - concede

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Luis Eduardo Ángel Alfaro

República de Colombia – Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto Sala Laboral Magistrado Ponente: Luis Eduardo Ángel Alfaro ORDINARIO LABORAL No. 520013105001-2019-00172-02 (584) GEOVANNY ALEXANDER ROSERO CHAÑAG Y OTROS vs COOTRANAR LTDA Y NORBERTO RIASCOS RECURSO DE CASACIÓN San Juan de Pasto, veinte (20) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) ASUNTO: El apoderado judicial que representa los intereses del demandante GEOVANNY ALEXANDER ROSERO CHAÑAG, dentro del término legal, interpuso recurso extraordinario de casación contra la sentencia proferida por esta Corporación el 8 de marzo de 2024.

CONSIDERACIONES: En reiterada jurisprudencia, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha advertido que el interés económico para recurrir en casación se determina por el agravio que sufre el impugnante con la sentencia acusada, que respecto del demandante corresponde al monto de las pretensiones denegadas y del demandado, en la cuantía de las condenas impuestas.

A su turno, el artículo 86 del C. P. del T. y de la S. S. modificado por el artículo 43 de la Ley 712 de 2001, determina que “sólo serán susceptibles del recurso de casación los procesos cuya cuantía exceda de ciento veinte (120) veces el salario mínimo legal mensual vigente". Luego, al consultar la fecha en que se profirió la sentencia de segunda instancia, el salario mínimo legal mensual corresponde a la suma de $1.300.000, en consecuencia, el valor del interés económico para recurrir en casación laboral está representado en la suma de $156.000.000.

En sentencia del 11 de noviembre de 2022 el Juez Primero Laboral del Circuito de Pasto declaró que existía un contrato de trabajo entre el señor Giovanny Rosero y la empresa COOTRANAR LTDA, declaró probada la excepción de FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA propuesta por Norberto Ignacio Riascos, razón por la cual lo absolvió de todas las pretensiones de la demanda, declaró probadas las excepciones de TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO CON JUSTA CAUSA y CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA Y FUERZA MAYOR, propuestas por la parte accionada COOTRANAR LTDA, y de oficio la excepción de IMPROCEDENCIA DE PAGO DE ACREENCIAS LABORALES ADEUDADAS A FAVOR DE LA PARTE DEMANDADA absolviendo de las pretensiones a la demanda COOTRANAR LITDA, condenando en costas a la parte demandante.

Tal decisión fue confirmada por esta Sala de Decisión Laboral con providencia del 8 de marzo del 2024. En ese orden, para establecer si a la parte activa de la litis, le asiste el interés económico para recurrir en casación, se deben liquidar las pretensiones solicitadas en la demanda y que no fueron reconocidas a su favor, las cuales una vez realizadas las operaciones aritméticas correspondientes ascienden a la suma de $486.218.424.

En consecuencia, al verificarse que el valor supera ostensiblemente el límite legal, se concederá el recurso extraordinario de Casación interpuesto por la parte demandante. Proceso Ordinario Laboral No. 520013105001 – 2019 – 00172-02 (584) Magistrado Ponente: Dr. Luis Eduardo Ángel Alfaro Recurso de Casación En mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO, Sala de Decisión Laboral,

RESUELVE

PRIMERO: CONCEDER el Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por el apoderado judicial del demandante, contra la sentencia proferida por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, el 8 de marzo del 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente proveído.

SEGUNDO: En firme esta providencia, envíese el expediente ante la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para lo de su cargo.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE La anterior providencia fue discutida y aprobada en sesión de esta fecha mediante Acta No. 147 y se notifica a las partes por ESTADOS ELECTRÓNICOS. En constancia se firma por los que en ella intervinieron. LUIS EDUARDO ÁNGEL ALFARO Magistrado Ponente PAOLA ANDREA ARCILA SALDARRIAGA Magistrada JUAN CARLOS MUÑOZ Magistrado RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO – SALA LABORAL HOY 21 DE MAYO DE 2024 NOTIFICO LA ANTERIOR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRONICOS ___________________________________________________ KAREN LUCIA CASTRO ORTEGA SECRETARIA