TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA LABORAL MAGISTRADO PONENTE: EDUIN DE LA ROSA QUESSEP PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR DORIS MARÍA ORTIZ SOLANO Y OTRO S contra SOCILUZ S.A. E.S.P., OPTIMIZAR SERVICIOS TEMPORALES S.A. Radicación No. 25754-31-03-001-2023-00019-01 Bogotá D.C., nueve (9) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) AUTO De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, y en cumplimiento de lo ordenado por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia STL9736 de 2024, ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la demandante contra el auto de fecha 9 de octubre de 2023 proferido por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Soacha - Cundinamarca, mediante el cual se rechazó de plano una nulidad.
Así las cosas, se ordena CORRER traslado COMÚN a las partes, por el término de cinco (5) días, para que presenten por escrito los alegatos de conclusión, para lo cual, deberán enviar su memorial de manera simultánea, tanto al Tribunal como a su contraparte, conforme lo ordena el artículo 3º del Ley 2213 de 2022. Los memoriales dirigidos al presente proceso deberán ser remitidos en medio digital, ÚNICAMENTE al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral (secsltribsupcund@cendoj.ramajudicial.gov.co), para la contabilización de términos si a ello hay lugar y registro en el sistema informático Siglo XXI, sin que sea necesaria la radicación física de los documentos, por tanto, el envío de escritos a los correos electrónicos de los despachos judiciales se tendrán por no presentados.
Cumplido lo anterior, y previo informe secretarial, ingrese el proceso al despacho para resolver por escrito el referido recurso de apelación, conforme lo ordena la norma antes citada.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, EDUIN DE LA ROSA QUESSEP Magistrado