TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Ponente Bogotá D.C., nueve (9) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 110013103 031 2018 00336 02 Sería del caso estudiar la admisibilidad del recurso de apelación formulado por la apoderada judicial de la señora María Jacqueline Hernández contra la sentencia de 3 de abril de 2025, proferida por el Juzgado Treinta y Uno (31) Civil del Circuito de esta ciudad, de no ser porque si bien resolvió sobre la solicitud de adición por ella presentada contra la providencia anotada (archivo digital 097 del cuaderno 01 de primera instancia), con posterioridad no procedió a pronunciarse en debida forma sobre la concesión de esa impugnación, siendo ese el orden lógico conforme el artículo 285 del Código General del Proceso.
Por ese motivo, es necesario que el a quo resuelva lo pertinente con estricto apego a la normatividad existente en ese sentido antes de proceder a la remisión del asunto para surtir la alzada, para lo cual podrá ejercer el control de legalidad a que haya en virtud de lo estatuido en el artículo 132. En ese orden, se dispone la devolución del expediente al juzgado de origen, haciéndosele un llamada de atención para que casos como el que nos ocupa se acoja al procedimiento y técnica expresamente reglados en la norma procesal civil vigente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada ASL/JEAR Radicado No. 031-2018-00336-02 Devuelve Expediente Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d1ea003f791ade5778b418a23f05b84cbcc6a9ee6f8e5e530fc67c338ba73314 Documento generado en 09/12/2025 07:58:44 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica