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auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 70.965-A Auto requiere

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA – SALA LABORAL DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ MAGISTRADO PONENTE RADICACIÓN UNICA 08001310500320140045801 RADICACIÓN INTERNA 70.965-A TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE SANDRA MILENA ESPITIA NIETO DEMANDADOS FUNDACIÓN UNIVERSITARIA SAN MARTIN Barranquilla, veintisiete (27) de agosto de dos mil veinticinco (2025).

Sería del caso pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por las partes procesales contra la sentencia de fecha 17 de noviembre de 2021, proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barranquilla, sin embargo, revisado el expediente de la referencia, se advierte que el enlace dispuesto para la audiencia prevista en el artículo 77 del C.P.T.S.S., programada para celebrarse el día 12 de junio de 2018, no permite su visualización, motivo por el cual se requerirá al a quo, para que en el término de tres (3) días hábiles, remita la mencionada pieza procesal en formato audiovisual indicado para insertar las audiencias virtuales en el expediente digital.

Sobre lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura publicó el protocolo de tratamiento de la información de los expedientes digitales denominado “Expediente electrónico y dimensionamiento para la transformación digital judicial- Anexo junio 2020”. Allí, se establece que “los archivos de grabación generados se deberán incorporar automáticamente al expediente del proceso como mensaje de datos a través de un testigo documental”.

Entiéndase como testigo documental el denominado “Formato de Referencia Cruzada”, dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura para toda la rama judicial.

RESUELVE

Por secretaría, REQUIÉRASE al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barranquilla, para que, en el término de 3 días hábiles, contados a partir del recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Corporación la pieza procesal señalada en el exordio de este proveído para proceder con el respectivo trámite que corresponde.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8910404d2b3105f731d7f1bad44b4cc4c34f7fe1652346b3a7619010cb535a54 Documento generado en 27/08/2025 01:30:43 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica