Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 2.- 08001221300020250007700 03AUTOADMITE-AUTOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Radicación Interna: 2025-024F Código Único de Radicación: 08-001-22-13-000-2025-00077-00 REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA DESPACHO TERCERO DE LA SALA CIVIL FAMILIA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN Recurso Extraordinario de Revisión Demandante: Carmen Alicia Niebles González Demandado: José Gabriel Bandera Rodríguez Sentencia de 21 de noviembre de 2023 del Juzgado 6° de Familia del Circuito de Barranquilla Proceso Divorcio Expediente No. 08-001-31-10-006-2022-00237-00 Barranquilla, D.E.I.P., nueve (09) de abril de dos mil veinticinco (2025).

Carmen Alicia Niebles González presentó Recurso Extraordinario de Revisión contra la Sentencia del 21 de noviembre de 2023 del Juzgado Sexto de Familia de Barranquilla proferida dentro del proceso arriba referenciado. Los documentos correspondientes fueron puestos nuestra disposición en forma digital, sin embargo, dado que la Oficina Judicial tiene la obligación de cargar al nuevo sistema SGDE los procesos nuevos, en el auto del 19 de febrero de 2025, formalmente se “devolvió” el expediente a dicha dependencia a efectos de que se realizara lo correspondiente, al no haber obtenido hasta el presente el resultado de esa Gestión, se procedió a efectuar ese cargue por parte de este despacho.

Efectuado el estudio pertinente se aprecia que es la segunda vez que se adjudica el conocimiento de ese recurso a esta Sala de Decisión, la primera vez con r Radicación Interna: 2024-161F y Código Único de Radicación: 08-001-22-13-000-2024-00597-00, actuación que culminó con el auto de rechazo de fecha 8 de noviembre de 2024. Teniendo en cuenta que, en esa ocasión, el juzgado del conocimiento puso a nuestra disposición copia digital del expediente que quedó archivada en el OneDrive de este Despacho, se prescindirá de efectuar nuevamente ese paso y se trasladará la información correspondiente en lo pertinente a este expediente.

Verificado que en esta ocasión el memorial de revisión no tiene deficiencias que ordenar subsanar se procederá a su admisión. Por lo anterior, la Sala Segunda Civil — Familia del Tribunal Superior Distrito Judicial de Barranquilla RESUELVE Despacho 08-001-22-13-003 Sala Segunda de Decisión Civil Familia Correo: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co 1 Radicación Interna: 2025-024F Código Único de Radicación: 08-001-22-13-000-2025-00077-00 Admitir la demanda del Recurso Extraordinario de Revisión instaurado en contra de la Sentencia de 21 de noviembre de 2023 del Juzgado 6° de Familia del Circuito de Barranquilla proferida en el Proceso Divorcio Expediente No. 08-001-31-10-006-2022-00237-00 Córrase traslado de la demanda de revisión al señor José Gabriel Bandera Rodríguez para que ejerza su derecho de defensa; correspondiendo a la recurrente realizar las gestiones de su notificación y la aportación de las constancias correspondientes.

Todas los memoriales y sus respectivos anexos deben ser remitidas al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Especializada seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co y al correo de las partes y demás intervinientes, sujetándose a lo establecido en el numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso e inciso 1° del artículo 3 de la ley 2213 de 2022.

Notifíquese y Cúmplase. Alfredo de Jesús Castilla Torres Firmado Por: Alfredo De Jesus Castilla Torres Magistrado Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8fa3de56e537b766c788b08194e4219f08cc44fa6363d38f48118421fc700a41 Documento generado en 09/04/2025 08:13:34 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Despacho 08-001-22-13-003 Sala Segunda de Decisión Civil Familia Correo: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co 2