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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 051 2024 00275 01 DR VALENZUELA INADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., nueve de febrero de dos mil veintiséis. Radicado: 11001 31 03 051 2024 00275 01 Se inadmite la apelación subsidiaria formulada por la sociedad demandada contra el numeral 4° del auto emitido el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado 51 Civil del Circuito, comoquiera que la determinación allí adoptada no se encuentra enlistada como apelable en las causales establecidas en el artículo 321 Cgp ni en ninguna otra norma de carácter especial.

En efecto, en tal numeral se dispuso: “rechazar por extemporáneo el recurso de reposición y en subsidio de apelación formulado por la demandada en contra del auto del cinco (5) de noviembre de 2024 (Consecutivo 012 – 01CuadernoPrincipal) en virtud del cual se ordenó como medida cautelar la inscripción de la demanda en el certificado mercantil de esta…”, decisión ésta que, en estricto sentido, no se subsume en ninguno de los eventos regulados en el artículo atrás referido, ni disposición normativa especial consagra su apelabilidad.

Y si bien el Juzgado de primera instancia concedió la alzada con apoyo en la causal 8 del artículo 321 ib., lo cierto es que, en realidad, en esa providencia no se ‘está resolviendo’ sobre una medida cautelar en sí misma, pues allí únicamente se rechazaron los recursos formulados frente a una providencia, independientemente de que en aquella sí se hubiese resuelto sobre la inscripción de la demanda solicitada por el extremo demandante.

Es preciso memorar que el recurso de apelación no procede contra toda clase de autos, sino únicamente contra los que el legislador señala Rad. 11001 31 03 051 2024 00275 01 expresamente, y por ende, no es dable realizar analogías o extensiones para dar el carácter de apelable a una providencia para la cual no se consagró expressis verbis ese medio de impugnación. En firme, devuélvanse las diligencias al Juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 051 2024 00275 01 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f9a2b7f068c6c9d79bb7e0936cbc8680241674efedbe91c317996d8f74ddd6ff Documento generado en 09/02/2026 04:21:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2