Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2024- 01387-00 -DRA-CRUZ-ADMITE LAUDO ARBITRAL

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., nueve (9) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Asunto: Recurso de anulación instaurado CROD S.A.S., contra el laudo arbitral dictado en el proceso promovido por el Consorcio Vía del Oriente, OHL Infraestructuras S.A.S., Agrupación Guinovart Obras y Servicios Hispania S.A. Sucursal Colombia como convocantes contra CROD S.A.S., como convocada.

Radicado: 00 2024 01387 00 Cumplidos como se encuentran los requisitos establecidos en los artículos 40 y 42 de la Ley 1563 de 2012, SE ADMITE el recurso de anulación que interpuso el apoderado de la sociedad CROD S.A.S., contra el Laudo Arbitral que dictó el Tribunal de Arbitramento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá el primero de abril de 2024 dentro del trámite en el que fungieron el Consorcio Vía del Oriente, OHL Infraestructuras S.A.S., Agrupación Guinovart Obras y Servicios Hispania S.A. Sucursal Colombia como convocantes contra CROD S.A.S., como convocada.

Ejecutoriado este proveído, ingresen las presentes diligencias inmediatamente al despacho para proveer lo que en derecho corresponda. Notifíquese, (firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Radicado: 03 2024 00308 01 Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 52094f13de103c7454060324179f51205b404ccfb1ac39a0afedd5f1e32acd64 Documento generado en 09/10/2024 07:02:44 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica