RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN interpuesto por GLORIA ORTIZ SANJUAN contra JENILSON BARRAZA SÁNCHEZ. Código 08001221300020250013600, Radicado interno 039-2025F República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Quinta Civil-Familia - Unitaria Barranquilla Atlántico MAGISTRADO SUSTANCIADOR: BERNARDO LÓPEZ Barranquilla- Atlántico, junio trece (13) de dos mil veinticinco (2025).
Código: 08001221300020250013600 Radicación interna: 039-2025F Recurso Extraordinario de Revisión Proceso: DIVORCIO Demandante: GLORIA ORTIZ SANJUAN Demandado: JENILSON BARRAZA SANCHEZ Procedencia: Juzgado Noveno de Familia de Barranquilla Asunto: Requerimiento so pena de Desistimiento tácito. I. ASUNTO. Le corresponde a esta Sala, pronunciarse respecto del trámite surtido al interior del recurso extraordinario de revisión, a través del cual, por auto del 22 de mayo de 2025 se admitió1, sin que a la fecha se hubiere cumplido la carga procesal impuesta a la demandante de notificar al demandado conforme lo dispuso el numeral segundo (2) de la providencia en comento.
Así las cosas, y en virtud que el artículo 317 del Código General del Proceso faculta el requerimiento de 30 días para el acatamiento de dicha orden so pena de decretar el desistimiento tácito, se conminará a la parte recurrente que materialice la disposición de notificación contenida en el auto admisorio. 1 Ver expediente digital, derivado 12Auto Rad 039-2025F (2025-05-22) AdmiteRecursoRevisión_Divorcio.pdf RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN interpuesto por GLORIA ORTIZ SANJUAN contra JENILSON BARRAZA SÁNCHEZ.
Código 08001221300020250013600, Radicado interno 039-2025F Conforme lo expuesto la Sala Quinta Civil-Familia Singular del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, RESUELVE REQUERIR a la parte demandante para que en el término perentorio de treinta (30) días cumpla con la carga procesal de efectuar la notificación del señor JENILSON BARRAZA SANCHEZ, so pena de decretarse la terminación del proceso por desistimiento tácito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE BERNARDO LÓPEZ Magistrado Firmado Por: Bernardo Lopez Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3c3f7536b172d01c9b12030dc0a6efffe5c59046aa831e3dc4665f0bce49ce90 Documento generado en 13/06/2025 08:55:52 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica