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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 22. 41001-31-05-002-2019-00266-01 AutoReconocePersoneria Dr Clara

Ordinario Laboral 41001-31-05-002-2019-00266-01 José Dairo Vélez Álvarez TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL Neiva, once (11) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Proceso Ordinario Laboral Radicado 41001-31-05-002-2019-00266-01 Demandante José Dairo Vélez Álvarez Demandado Colpensiones Colpensiones el 17 de enero de 2026 allegó memorial poder designando como nuevo mandatario judicial a la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2024, el cual se determina que cumple con los requisitos señalados en la Ley, por lo tanto, se procederá a reconocerle personería para actuar dentro del presente proceso, conforme a las facultades otorgadas.

En consecuencia, entiéndase revocado el mandato conferido a la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2023. De igual forma, obra sustitución de poder conferido por el representante legal de la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2024 como apoderado de Colpensiones, al abogado Cesar Fernando Muñoz Ortiz el cual cumple con los requisitos señalados en la Ley.

Conforme lo expuesto, RESUELVE Ordinario Laboral 41001-31-05-002-2019-00266-01 José Dairo Vélez Álvarez PRIMERO: RECONOCER personería a la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2024, en los términos del poder conferido. En consecuencia, entiéndase revocado el mandato conferido a la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2023.

SEGUNDO: RECONOCER personería adjetiva al abogado Dr. Cesar Fernando Muñoz Ortiz identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.061.713.663 y tarjeta profesional No. 267.112 del C. S. de la J., para actuar como apoderado sustituto de Colpensiones, en los términos y con facultades otorgadas en la sustitución del poder adjunto.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CLARA LETICIA NIÑO MARTÍNEZ Magistrada Firmado Por: Clara Leticia Niño Martinez Magistrada Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6f58bea1c637704fc221d3e04f19cb1d090cad4f7654574b1bc1bc4b42c787a0 Documento generado en 11/03/2026 04:58:13 PM Ordinario Laboral 41001-31-05-002-2019-00266-01 José Dairo Vélez Álvarez Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica