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auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2021-00052-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 73001-31-05-001-2021-00052-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de Auto Auto Ordinario Alfonso Eduardo Monroy Márquez y otros Estudios E Inversiones Médicas S.A. Esimed S.A y otro 73001-31-05-001-2021-00052-01 Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué Tolima Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, Veintidós (22) de agosto del dos mil veinticinco (2025) De conformidad con el artículo 65 del CPT y de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el auto proferido el 21 de agosto de 2025 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué Tolima, por medio del cual se declaró la terminación del proceso frente a una de las demandadas.

Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar alegatos de conclusión por escrito. Dicho término comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia, la cual acaecerá dos (2) días hábiles después de su notificación mediante estados electrónicos.

Los escritos de alegaciones deben remitirse al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, ssltribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co; el mensaje de remisión deberá indicar como asunto “Alegatos de conclusión”, señalando además el radicado del proceso, nombre de la demandada y Magistrado Ponente.

Los alegatos deberán remitirse en archivo PDF de tamaño mínimo para compartir en Línea. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, Radicado: 73001-31-05-001-2021-00052-01 RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por la parte demandante, contra la providencia del veintiuno (21) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué Tolima.

SEGUNDO: CORRER traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar sus alegatos de conclusión. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Radicado: 73001-31-05-001-2021-00052-01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 05e3b38a48e17f071811f9960bd4ce5579aed5cc9ae20d6e3b1e34190bdd9c27 Documento generado en 22/08/2025 01:59:16 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica