TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, once (11) de marzo del dos mil veintiséis (2026). REF: Ordinario Laboral (Acumulado) RAD: 68679-3105-001-2024-00108-01 68679-3105-001-2024-00109-01 Revisada la providencia del pasado 9 de febrero de 2025 proferida por el Juzgado de conocimiento, se advierte que se decreta la acumulación del proceso 2024-00109, al que se encuentra en conocimiento de esta Corporación 2024-00108 y del que está pendiente resolver el recurso de apelación de la providencia del 26 de noviembre de 2025.
Igualmente que, fue recurrida decisión de la misma fecha y resuelta en los mismos términos a la que arribara primeramente a esta Sala. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del C.P.T.S.S, en concordancia con el art. 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se admite en el efecto devolutivo el recurso de apelación contra el numeral segundo del auto de fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticinco (2025), proferido por el Juzgado laboral del Circuito AUTO DE TRÁMITE LR- 2024-00109-01 de San Gil, interpuesto por el Instituto Nacional de Vías INVIAS-, mediante el cual no tuvo por contestada la demanda.
Por consiguiente, se ordena correr traslado por el término de cinco (5) días, a partir del día siguiente a la notificación por estados electrónicos a las partes para que presente sus alegaciones. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho para resolver en única providencia las apelaciones interpuestas. Notifíquese El Magistrado, Javier González Serrano Firmado Por: Javier Gonzalez Serrano Magistrado AUTO DE TRÁMITE LR- 2024-00109-01 Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f7c2d7f7fa5f7b0124bd1ff93233554dae373fc86a6babb6e683f152851a0b43 Documento generado en 11/03/2026 10:27:34 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica