Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 597-2024 Auto Admite

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Eberth Dawrin Mendoza Palacios

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA QUINTA DE DECISIÓN LABORAL SICGMA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: EBERTH DAWRIN MENDOZA PALACIOS Bucaramanga, veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Radicación Única: Radicado Interno: Demandante: Demandado: Llamadas en garantía: Temas: Decisión: 68001.31.05.002.2018.00424.01 597-2024 MIGUEL ANGEL SALCEDO Y OTROS.

ESPUMAS DE SANTANDER S.A. y SURAMERICANA S.A. JUNTA NACIONAL DE CALIFIFCACIÓN DE INVALIDES y JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE SANTANDER. CULPA PATRONAL. Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por los demandantes y las codemandadas ESPUMAS DE SANTANDER S.A. y SURAMERICANA S.A., contra la sentencia proferida en audiencia del tres (03) de mayo de 2024 por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bucaramanga.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Palacio de Justicia – Calle 35 entre carrera 11 y 12. Piso 4º Teléfono 6520043 Bucaramanga – Colombia. www.ramajudicial.gov.co E-Mail: des06sltsbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b73eb9a9e09b184da60af0faa3ea8e0f7fe100f7b67e2a4b83f73bc105826827 Documento generado en 21/05/2024 12:41:18 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica