Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0283-2026 AutoAdmiteApelacionSentenciaEDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Se Advierte

REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, cuatro (04) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Demandantes Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral EDGAR SANABRIA VARGAS. JUEGOS Y APUESTAS LA PERLA S.A. 68001-31-05-003-2024-00198-01 2026-0283 Contrato Laboral – Acreencias - Indemnización Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada JUEGOS Y APUESTAS LA PERLA S.A., contra la sentencia proferida en audiencia del veinticinco (25) de marzo de 2026 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bucaramanga.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022. Si el expediente corresponde al Gestor Documental Sistema Integrado de Gestión Procesal SIUGJ, los alegatos deberán ser cargados en la misma plataforma.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7bb6536e175fc43d8255480c6ac2cd7878a929dc64858e597ad976f76ebf6f05 Documento generado en 04/06/2026 02:59:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica