REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA LABORAL Magistrada Ponente MARTHA RUTH OSPINA GAITÁN Bogotá. D. C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Procede la Sala a decidir sobre la viabilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante1 contra la sentencia proferida por este Tribunal el 12 de septiembre de 20242 dentro del proceso adelantado por CARLOS ARTURO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ contra BAVARIA & CIA SCA. – Radicación 25899-31-05-001-2023-00123-01.
Para resolver la viabilidad del recurso de casación interpuesto se considera: El interés jurídico para recurrir en casación se encuentra determinado por el agravio o perjuicio causado a una de las partes o a ambas, con la sentencia recurrida, para ello, el artículo 86 del C.P.T. Y S.S. consagra que podrán acceder en casación aquellos procesos cuya cuantía exceda de ciento veinte (120) veces el salario mínimo legal mensual vigente.
Se tiene que, el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Zipaquirá, en providencia del 9 de mayo de 20243, declaró que entre las partes “existió un contrato de trabajo que estuvo vigente entre el 01 de junio del año 2006 que fue terminado sin justa causa por parte de la empresa demandada el 27 de mayo del año 2021” y, ordenó el reintegro del demandante al mismo cargo que venía desempeñando o a otro de igual o superior categoría. En consecuencia, le impuso a la demandada las siguientes condenas: “Tercero: CONDENAR a la sociedad demandada Bavaria & Cía S.C.A. a reconocer y pagar en favor del demandante Carlos Arturo Rodríguez Sánchez las siguientes cantidades de dinero teniendo en cuenta que la liquidación de prestaciones sociales se realiza con corte a 30 de abril de 2024, así: -La suma de $107.702.280 por concepto de salarios dejados de percibir por concepto de la desvinculación liquidada con corte al 30 de abril del año 2024, más los salarios que se causen con posterioridad a esta sentencia hasta que se haga efectivo su reintegro, -La suma de $4.615.812 por concepto de prima de diciembre de acuerdo con la cláusula 52° de la Convención Colectiva calculada hasta el 30 de abril de 2024 más las que se causen con posterioridad a esta sentencia hasta que se haga afectivo su reintegro, -La suma de $1.538.604 por concepto de prima de pascua desde la fecha de la desvinculación hasta el 30 de abril del año 2024, más las que se causen con posterioridad a esta sentencia, -La suma de $3.077.212 por concepto de prima de junio a razón de diez (10) días de salario dejados de percibir desde la fecha de 1 Archivo 09 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 2 Archivo 07 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 3 Archivo 23 de la Carpeta 01 del expediente electrónico. desvinculación con corte al día 30 de abril del año 2024, más las que se causen con posterioridad a esta sentencia, -La suma de $3.077.220 por concepto de prima de descanso que se causó desde el momento de su desvinculación hasta el 30 de abril del año 2024, más las que se causen con posterioridad a esta sentencia … Quinto: CONDENAR a la sociedad demandada Bavaria & Cía S.C.A. a reconocer y pagar en favor del actor Carlos Arturo Rodríguez Sánchez los aportes al sistema general de Seguridad Social en pensiones que se hubiesen causado entre la fecha de su desvinculación 27 de mayo de 2021 hasta la fecha que se haga efectivo su reintegro”.
Por su parte, esta Corporación mediante providencia del 12 de septiembre de 2024 al desatar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, revocó parcialmente la providencia apelada “en el sentido de absolver a la demandada del reintegro ordenado en primer grado, y en su lugar se condena a la pasiva a pagar en favor del demandante la suma de $29.746.344 por concepto de indemnización establecida en el art. 64 del CST” y confirmó en lo demás. Así pues, en aras de establecer el interés jurídico de la parte demandante para recurrir en casación, el competente en esta sede judicial ha efectuado la liquidación respectiva4, determinando que la cifra es de $ 171.938.554.
Ahora bien, debe tenerse en cuenta que, con ocasión de la pretensión de reintegro del demandante, contenida en el escrito de demanda5 y revocada por esta Corporación, de conformidad con la postura jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia6, la cifra liquidada debe ser duplicada, de modo que asciende a la suma de $ 343.877.108. Por las anteriores consideraciones, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Laboral, CONCEDE el recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia proferida por esta Sala el 12 de septiembre de 2024, de conformidad con lo establecido en el art. 86 del C.P.T y de la S.S. 4 Cálculo realizado por la Profesional Universitario de Tribunal Grado 12, que se adjunta en su totalidad a esta providencia. 5 Archivo 01, pág. 2 de la Carpeta 01 del expediente electrónico. 6 Radicado 20010 de 21 de mayo de 2003 M.P. Carlos Isaac Nader En firme esta providencia, envíese el expediente a la Sala de Casación Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia. Notifíquese y cúmplase.
MARTHA RUTH OSPINA GAITÁN Magistrada EDUIN DE LA ROSA QUESSEP Magistrado JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA Magistrado RADICACIÓN: 25899 31 05 001 2023 00123 01 MAGISTRADA PONENTE: Dra. Martha Ruth Ospina Gaitán DEMANDANTE: Carlos Arturo Rodríguez Sánchez DEMANDADO: Bavaria y CIA S.C.A. 1a. INSTANCIA 2a. INSTANCIA FECHA SENTENCIA 9/05/2024 12/09/2024 OBJETO DE LIQUIDACIÓN: Realizar el cálculo prestaciones sociales y demás acreencias laborales.
Tabla Datos Generales de la Liquidación Desde: 1-jun Extremos Laborales Hasta: 27-may Último Salario Devengado $ Fecha inicial 01/06/21 01/01/22 01/01/23 01/01/24 Salarios Fecha final 31/12/21 31/12/22 31/12/23 30/04/24 Total Salarios Primas Cláusula 52 Prima de Diciembre Cláusula 49 Prima de Pascua Cláusula 50 Prima de Junio Cláusula 51 Prima de Descanso Total Primas Días 210 360 360 120 CASACIÓN 2006 2021 3.077.208 Salario $ 21.540.456 $ 36.926.496 $ 36.926.496 $ 12.308.832 $ 107.702.280 $ 4.615.812 $ 1.538.604 $ 3.007.212 $ 3.007.220 $ 12.168.848 Tabla Aportes a Pensión AÑO MESES Salario Valor a cargo de la empresa 12% 2021 2022 2023 2024 7 3.077.208 12 3.077.208 12 3.077.208 4 3.077.208 Total Aporte a Pensión Tasa vigente: 31,53% E.A. - 2 puntos Total Aporte a Pensión + interés moratorio Desde 1/06/2006 1/06/2007 $ 2.584.855 $ 4.431.180 $ 4.431.180 $ 1.477.060 12.924.274 Valor a cargo del trabajador 4% $ 861.618 $ 1.477.060 $ 1.477.060 $ 492.353 $ 4.308.091 $ 5.088.717 $ 22.321.082 44,26% Tabla Indemnización por Despido Sin Justa Causa - Art. 64 C.S.T. No. Años Periodo No. Días Sanción Salario Diario Sanción Laborados Hasta 31/05/2007 1 30 $ 3.077.208 $ 102.574 27/05/2021 13 20 $ 26.669.136 Total indemnización $ 29.746.344 Liquidación Despido Sin Justa Causa - Art. 64 C.S.T. Total Indemnización $ 107.702.280 $ 4.615.812 $ 1.538.604 $ 3.007.212 $ 3.007.220 $ 119.871.128 $ 12.924.274 $ 4.308.091 $ 5.088.717 $ 22.321.082 $ 29.746.344 $ 29.746.344 Total Liquidación $ 171.938.554 Salario Prima de Diciembre - Cláusula 52 Prima de Pascua- Cláusula 49 Prima de Junio - Cláusula 50 Prima de Descanso - Cláusula 51 Total Salario y primas Aporte a Pensión a cargo de la empresa Aporte a Pensión a cargo del trabajador Interes moratorio Total Aporte pensión Fecha liquidación: miércoles, 13 de noviembre de 2024 Elaborado por: Yenny Maritza Ortega Moyano C.P. Profesional Universitario de Tribunal Grado 12 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas 1 de 1