R.I. 16471 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., cinco (5) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Magistrada Ponente: Stella María Ayazo Perneth Proceso Radicado Demandante Demandado Instancia Asunto Verbal 11001310302020200002901 José Gildardo Ramírez Motta Fredy Servando Solórzano Sierra Segunda Sentencia Revisada la determinación constitucional del 23 de julio de 2025, proferida en segunda instancia por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual se revocó el fallo de amparo concedido por la Sala Civil, Agraria y Rural de esa misma corporación, en el que se había ordenado dejar sin efectos “el auto (…) que confirmó la deserción del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en el declarativo de sociedad comercial de hecho”, se provee sobre el particular,
RESUELVE
PRIMERO: Acatar lo dispuesto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia “STL12830-2025” del 23 de julio de 2025, en la que decidió “REVOCAR el fallo impugnado para, en su lugar, NEGAR el amparo deprecado”.
SEGUNDO: En virtud de lo anterior, se ordena a la secretaría de este Tribunal, que proceda a dar cumplimiento al numeral segundo de la parte resolutiva del proveído del 21 de noviembre de 2024 en el que se dispuso “En firme esta decisión, por secretaría hágase devolución del expediente al juzgado de origen y déjense las constancias del caso”.
Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH (11001310302020200002901) Magistrada Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada R.I. 16471 Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 31191616bee5e14244631476a348c84b7d515c2313c59e720063d99ea6c3a879 Documento generado en 05/09/2025 03:55:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica