CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL ATLÁNTICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEPTIMA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA Barranquilla, Noviembre Veintiseis (26) del año Dos Mil Veinticinco (2025) Radicación: 45.993 (08-001-31-53-012-2023-00037-02) Magistrada Sustanciadora: VIVIAN VICTORIA SALTARÍN JIMÉNEZ. Sería el caso entrar a resolver la apelación de auto de segunda instancia dentro del proceso VERBAL -PERTENENCIA adelantado por el señor EDUARDO ESPER FAYAD contra ALMACEN ROBERTICO–ROBERTO ESPER & COMPAÑÍA LIMITADA “EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL” y los señores NADIME ESPER FAYAD, LUZ MARINA ESPER FAYAD, y demás PERSONAS INDERTEMINADAS, tramitado ante el Juzgado Doce Civil del Circuito de Oralidad de Barranquilla, sino fue porque de la revisión del mismo se observa que dentro de la audiencia llevada a cabo el día 29 de abril de 2025, se concedieron cuatro (4) recursos de apelación de autos, de los cuales solo obran en el expediente dos (2) actas de reparto cuya remisión a esta Sala fueron identificados con los radicados internos 46.066 y 46.259, quedando pendiente las que corresponde a los recursos formulados por doctor Walter Francisco Martínez, en calidad de apoderado de la demandada Nadime Esper, uno de ellos interpuesto el 25 de febrero de 2025 donde alega un supuesto plagio en un dictamen pericial realizado, y el otro presentado en la misma audiencia del 29 de abril de 2025 contra el auto que negó la nulidad por perdida de competencia, ambos concedido en dicha audiencia como se expresa en líneas anteriores ( Ver archivo 139 del cuaderno de primera instancia ); estimándose por esta Sala la necesidad de requerir tales piezas procesales en virtual al principio de economía procesal y para garantizar la adecuada continuidad del proceso; razón por esta por la que se dispone que a través de la secretaria de la Sala se requerir al juzgado de origen para que en el término de la distancia remita las asignación pendientes.
Por lo anterior, esta Sala Unitaria.
RESUELVE
Dirección: Carrera 45 No. 44-12 Oficina 304 Correo Electrónico: scf08bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Radicación 45.993 (08-001-31-53-012-2023-00037-02) Magistrada sustanciadora: Dra. Vivian Victoria Saltarín Jiménez 1°- REQUERIR, al Juzgado Doce Civil del Circuito de Oralidad de Barranquilla para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de esta providencia, efectúe el reparto de los dos recursos de apelación interpuestos por el doctor Walter Francisco Martínez, uno correspondiente al 25 de febrero de 2025 y otro presentado en la audiencia realizada el 29 de abril de 2025, ambos concedidos en la mencionada diligencia, relativos al dictamen pericial y a la nulidad por pérdida de competencia respectivamente, y remita a esta Sala la constancia del reparto de dichos recursos para continuar el trámite.
Por Secretaría, envíese la comunicación al Juzgado requerido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE VIVIAN VICTORIA SALTARÍN JIMÉNEZ Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Vivian Victoria Saltarin Jimenez Magistrada Sala 007 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bee21a6e47168e49dc6db834af10878387ad1d3d96cfd2a8603ef6a228919aa3 Documento generado en 25/11/2025 07:21:37 PM Dirección: Carrera 45 No. 44-12 Oficina 304 Teléfono: (5) 3885005 ext. 3028 Correo Electrónico: scf08bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.
Radicación 45.993 (08-001-31-53-012-2023-00037-02) Magistrada sustanciadora: Dra. Vivian Victoria Saltarín Jiménez Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Dirección: Carrera 45 No. 44-12 Oficina 304 Teléfono: (5) 3885005 ext. 3028 Correo Electrónico: scf08bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.