Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2024-00278-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73001-31-05-005-2024-00278-01 Asunto: Proceso ordinario laboral - apelación auto Demandante: Denis Elena Carrillo Demandado: Silvia Alejandra Padilla Quintero y Herederos indeterminados de Bella Aurora Padilla de Diaz REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandada: Asunto: 73001-31-05-005-2024-00278-01 Denis Elena Carrillo Silvia Alejandra Padilla Quintero y Herederos Indeterminados de Bella Aurora Padilla de Diaz.

Ordinario apelación sentencia Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, veinte (20) de enero de dos mil veinticinco (2025). Por ser procedente y haberse sustentado, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra el auto mediante el cual se rechazò la demanda, proferido el 29 de noviembre de 2024 por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Ibagué. De acuerdo con lo previsto en la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, artículo 13, numeral 2, ejecutoriada esta providencia se CORRE TRASLADO para alegar por escrito por el término de cinco (5) días.

Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 066988e2e95da94fe09ce235fc00c19b0474a8a4fb58d26ec4830f76dbe6c7d6 Documento generado en 20/01/2025 05:44:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica