República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintisiete de octubre de dos mil veinticinco. Proceso: Demandante: Demandado: Radicación: Recurso extraordinario de revisión Carlos Julio Rodríguez y otro. Tito Rodríguez y otros. 110012203000202503037 00.
De conformidad con el artículo 82 de la Ley 1564 de 2012, en concordancia con el artículo 357 y el inciso 2° del artículo 358 ibidem, se INADMITE la demanda del epígrafe para que, en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, se subsane lo siguiente: 1. Señálese el nombre, número de identificación y domicilio de todas las personas que fueron parte en el proceso en el que se dictó la providencia atacada en revisión. 2.
Infórmese el día en que quedó ejecutoriada la sentencia cuestionada (numeral 3 del artículo 357 ídem) y de ser posible, allegar copia integral de la misma. 3. Indíquese con precisión cuál de las hipótesis contenidas en el numeral séptimo del artículo 355 ídem es la causal que se invoca. 4. Ajústense los hechos de la demanda explicando de forma concreta y con suficiente claridad el fundamento fáctico que soporta la causal alegada; los cuales deberán estar debidamente determinados, clasificados y numerados, (numeral cuarto del artículo 357 de la Ley 1564 de 2012) 5.
Alléguese nuevamente y en mejor resolución las documentales obrantes a folios 215 a 220 del archivo PDF contentivo del escrito de demanda y sus anexos. 110012203000202503037 00 1 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil 6. Dé cabal cumplimiento a la exigencia prevista en el artículo 6 de la Ley 2213 de 2022, en el sentido de acreditar el envío de la demanda al extremo convocado. 7.
En aplicación del numeral 10, del artículo 82 del Estatuto Procesal Civil, manifieste la dirección física y electrónica en que todas las partes del litigio recibirán notificaciones. Además, como lo dispone el artículo 8 de la ley 2213 de 2022, informe cómo obtuvo la dirección electrónica de la demandada, de ser el caso, allegue las evidencias correspondientes.
Notifíquese, RUTH ELENA GALVIS VERGARA Magistrada 2 Firmado Por: Ruth Elena Galvis Vergara Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., 110012203000202503037 00 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f9efe072d920ab47affb2551ba7369dd28fa3282d1fb2d04136fe9f727b12333 Documento generado en 27/10/2025 09:28:21 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica