Micelio

sentencia — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: T-00431-2026 FALLO

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

SIGCMA Rama Judicial del Poder Público Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Secretaria de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla OFICIO No.2089 Barranquilla, 28 de mayo del 2026. SEÑORES: DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA. CALLE 79 A # 66 – 69, UNIDAD 15, INTERIOR 8, APARTAMENTO 116, CONJUNTO RESIDENCIAL “METRÓPOLIS”.

BOGOTÁ D.C. intiparra@gmail.com REF.: ACCION DE TUTELA DE 1ª INSTANCIA. ACCIONANTES: DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA. ACCIONADO: DR. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, JUEZ SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA. M. P.: DRA. CARMIÑA ELENA GONZALEZ ORTIZ. RADICACIÓN: T-08001221300020260043100. Por medio del presente NOTIFICO a usted la providencia de fecha 28 de mayo del 2026, proferida por este Tribunal Superior en Sala Unitaria Civil-Familia, mediante la cual se resolvió:

PRIMERO: CONCEDER la Acción de Tutela impetrada por DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA contra el Dr. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, JUEZ SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA.

SEGUNDO: En consecuencia, ORDENAR al Dr. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, Juez Séptimo De Familia De Barranquilla, que dentro del término de cinco (05) contadas a partir de la notificación de esta providencia, si aún no lo ha hecho, proceda a resolver la solicitud de levantamiento de medida cautelar planteada por la señora DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA, dentro del proceso a que se contrae esta acción.

TERCERO: NOTIFICAR a las partes en la forma más expedita.

CUARTO: REMITIR a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de no ser impugnada, en forma oportuna. Atentamente; WILLIAM ESTEBAN PACHECO BARRAGAN P/Secretario. Correo electrónico: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Carrera 45 No.44 -12 Tel. 3402173 Fax. 3402512 Barranquilla - Atlántico SIGCMA Rama Judicial del Poder Público Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Secretaria de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla OFICIO No.2090 Barranquilla, 28 de mayo del 2026.

DR. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, JUEZ SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA. famcto07ba@cendoj.ramajudicial.gov.co REF.: ACCION DE TUTELA DE 1ª INSTANCIA. ACCIONANTES: DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA. ACCIONADO: DR. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, JUEZ SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA. M. P.: DRA. CARMIÑA ELENA GONZALEZ ORTIZ.

RADICACIÓN: T-08001221300020260043100. Por medio del presente NOTIFICO a usted la providencia de fecha 28 de mayo del 2026, proferida por este Tribunal Superior en Sala Unitaria Civil-Familia, mediante la cual se resolvió:

PRIMERO: CONCEDER la Acción de Tutela impetrada por DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA contra el Dr. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, JUEZ SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA.

SEGUNDO: En consecuencia, ORDENAR al Dr. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, Juez Séptimo De Familia De Barranquilla, que dentro del término de cinco (05) contadas a partir de la notificación de esta providencia, si aún no lo ha hecho, proceda a resolver la solicitud de levantamiento de medida cautelar planteada por la señora DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA, dentro del proceso a que se contrae esta acción.

TERCERO: NOTIFICAR a las partes en la forma más expedita.

CUARTO: REMITIR a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de no ser impugnada, en forma oportuna. Atentamente; WILLIAM ESTEBAN PACHECO BARRAGAN P/Secretario. Correo electrónico: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Carrera 45 No.44 -12 Tel. 3402173 Fax. 3402512 Barranquilla - Atlántico SIGCMA Rama Judicial del Poder Público Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Secretaria de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla AVISO (PUBLICADO EN EL MICROSITIO DE LA PÀGINA WEB DE LA SECRETARIA DE LA SALA CIVIL-FAMILIA, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRARANQUILLA) EL SUSCRITO SECRETARIO DE LA SALA CIVL- FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA.

Notifica: A los HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS del señor JOSE ABEL APERADOR F., y a quienes tengan interés en la acción de tutela de primera instancia radicada bajo el No T- 08001221300020260043100, donde aparecen como Accionantes DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA, y como Accionado el Dr. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, JUEZ SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA, la providencia del 28 de mayo del 2026, proferida por este Tribunal Superior en Sala Unitaria Civil-Familia, mediante la cual se dispuso:

PRIMERO: CONCEDER la Acción de Tutela impetrada por DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA contra el Dr. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, JUEZ SÉPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA.

SEGUNDO: En consecuencia, ORDENAR al Dr. ANDRÉS HUMBERTO CALLE MOZO, Juez Séptimo De Familia De Barranquilla, que dentro del término de cinco (05) contadas a partir de la notificación de esta providencia, si aún no lo ha hecho, proceda a resolver la solicitud de levantamiento de medida cautelar planteada por la señora DIANA ALEJANDRA APERADOR MENDOZA y CAMILO ANDRÉS APERADOR MENDOZA, dentro del proceso a que se contrae esta acción.

TERCERO: NOTIFICAR a las partes en la forma más expedita.

CUARTO: REMITIR a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de no ser impugnada, en forma oportuna. WILLIAM ESTEBAN PACHECO BARRAGAN. SECRETARÍA-SALA CIVIL FAMILIA-TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLAMAYO 28 DEL 2026. Correo electrónico: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Carrera 45 No.44 -12 Tel. 3402173 Fax. 3402512 Barranquilla - Atlántico