TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., veinticuatro (24) de junio de dos mil veinticinco (2025) Radicado. 11001319900120220796301 Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, por auto de 30 de mayo de 2025, donde declaró bien denegado el recurso extraordinario de casación interpuesto por Wiwa Beach Resort Privado P.H. contra la sentencia emitida en esta sede.
En firme el presente proveído, devuélvase el expediente al juzgado de origen para lo de su cargo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f16d7e3d1b1ca283000b3aad90bc561b41b38ad71a93d8366222c42057336ae5 Documento generado en 24/06/2025 02:50:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Expediente. 11001319900120220796301