Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 5)2021-00107-01AutoObedeceSuperior

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Especialidad Civil- Familia Proceso: Verbal Ley 54 de 1990 Demandante: Luz Eneida Pérez Paz Demandados: Herederos de Fernando Izquierdo Radicado: 76-109-31-10-002-2021-00107-01 Guadalajara de Buga, enero veintiuno (21) de dos mil veinticinco (2025) Recibido el expediente digital de la referencia, proveniente de la Honorable Corte Suprema de Justicia, este Despacho resuelve:

PRIMERO: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo dispuesto por la Honorable Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 18 de diciembre de 2024, por medio de la cual casó parcialmente la sentencia 037 proferida por la Sala Quinta de Decisión el 31 de marzo de 2023, dentro del presente proceso.

SEGUNDO: DEVUÉLVASE el expediente al Juzgado de primera instancia para que proceda a practicar la liquidación de costas ordenada en el NUMERAL 3º de la sentencia sustitutiva SC 3085 del 18 de diciembre de 2024.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE BÁRBARA LILIANA TALERO ORTIZ Magistrada Firmado Por: Barbara Liliana Talero Ortiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Civil Familia Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ab5598d52f0aaf568c73c8e83b637b0f84d95ab05f2cb2448cf86c1f78613e31 Documento generado en 21/01/2025 11:04:01 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica