Bogotá, D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Mediante memorial presentado ante este Despacho, la señora Rosa Patricia Perdomo Rodríguez sostuvo que los demandados han incumplido sucesivamente las órdenes impartidas en la sentencia del 31 de marzo de 2023 proferida por esta Corporación que revocó la resolución del 3 de agosto del 2022, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Por tanto, solicitó «la información sobre qué debo hacer como persona natural de tercera edad» en esta situación. Sin embargo, aunque el tribunal entiende su preocupación, no puede tramitar su petición porque perdió la competencia al haberse emitido la determinación mencionada, por lo que deberá dirigirse la actuación a la autoridad de origen.
En todo caso, secretaria proceda remitir la inquietud a la Superintendencia de Industria y Comercio y notifíquele está decisión a la peticionara por el medio más expedito y eficaz. CUMPLASE, Código Único de Radicación 11001310900120220896001 Rad. Interna 6113