RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL FAMILIA - UNITARIA IBAGUÉ TOLIMA Ibagué, siete (07) de abril de dos mil veintiséis (2026). Referencia: Recurso Extraordinario de Revisión adelantado por Carmenza Salazar Guevara contra la sentencia del 10 de diciembre de 2024 emitida dentro del proceso Reivindicatorio adelantado ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Mariquita (Tolima) por Myriam Achury Guarín contra Carmenza Salazar Guevara identificado con la radicación 73443408900120230008600.
Radicación Revisión: 73001-2213-000-2025-00302-00. Enviado por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Mariquita (Tolima) el expediente requerido por este Despacho con miras a dar trámite al recurso extraordinario de revisión de la referencia y cumplida la carga procesal dispuesta en el proveído de inadmisión, tal y como se desprende de la constancia secretarial que obra a archivo 009 del presente cuaderno, se resuelve: Admitir la demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la sentencia de única instancia proferida el 10 de diciembre de 2024 por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Mariquita (Tolima) en el proceso reivindicatorio de Dominio promovido por Myriam Achury Guarín contra Carmenza Salazar Guevara (demandante en revisión).
Vincular al trámite del presente recurso a Myriam Achury Guarín quien deberá ser notificada personalmente del presente proveído de la manera prevista por el artículo 291 del Código General del Proceso o de conformidad con las reglas establecidas en la Ley 2213 de 2022, para surtir el traslado de la demanda por el término de cinco (5) días conforme lo dispone el inciso 5º del artículo 358 del Código General del Proceso en concordancia con el artículo 91 de la misma codificación. Se reconoce personería para actuar en este asunto al doctor Nelson Marulanda Rodríguez, portador de la Tarjeta Profesional No. 251.421 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial de la demandante en revisión en los términos del memorial-poder extendido.
Notifíquese y cúmplase, RICARDO ENRIQUE BASTIDAS ORTIZ Magistrado (2025-00302-00)