TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 25 de mayo de 2026 En el efecto SUSPENSIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y la curadora ad-litem de los litisconsortes, contra la sentencia proferida por el JUZGADO ONCE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLLÍN, en el proceso de Imposición de Servidumbre de Tránsito, instaurado por Margarita María Martínez Barrientos, en contra de Empresas Públicas de Medellín - EPM, y como litisconsortes necesarios Ana María Murillo Cortés, Héctor Fabio Murillo Cortés y Mauro Alberto Murillo Cortés. Se corre traslado a las recurrentes por el término de cinco (5) días, para que sustenten el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formularon contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.
NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No.065 Rdo: 05001-31-03-011-2023-00388-02