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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001319900120229983702_DraGarciaAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D. C., treinta (30) de abril de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: INFRACCIÓN A DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL 11001319900120229983702 AGROCAMPO S.AS. AGROCAMPO FLORENCIA S.A.S. ADMITIR el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra la sentencia proferida el 15 de noviembre de 2024, por la Superintendencia de Industria y Comercio, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.

Por lo anterior, CONCEDER a la parte recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.

Advertir al extremo apelante que, en ese lapso y en esta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló en primer grado, pues en caso de guardar silencio, se declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Rad. 11001319900120229983702 Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e9c1c95196ee3603d2fe08214385e78d642e10a2f4cf6f657d6a55c83ba02e14 Documento generado en 30/04/2026 04:33:34 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2