República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintisiete de noviembre dos mil veinticinco. Proceso: Demandante: Demandado: Radicación: Procedencia: Asunto: Verbal Alba Ramírez Sandoval y otros Alimentos Spress S.A.S. 1100131030011201800210 03 Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá Apelación sentencia Realizado el examen preliminar del asunto, de conformidad con el artículo 325 de la Ley 1564 de 2012, se advierte la necesidad de retornar nuevamente el expediente a la autoridad judicial de origen, como pasa a explicarse: 1.
Revisados los archivos PDF´S denominados “01CuadernoFisico.pdf”, se advierte que hay sendos saltos en la numeración manuscrita1, situación que debe ser verificada y corregida a efectos de establecer sí se trata de un error de foliatura o sí, por el contrario, hay piezas procesales faltantes que deban ser incorporadas al expediente. Adicionalmente, se observa que en dicho cuaderno, reposa una prueba documental correspondiente a la diligencia de inspección ocular querella No. 11119/142, la cual, de acuerdo a la información allí plasmada, se constata que no hay concordancia en la secuencia de las anotaciones, y declaraciones allí inscritas.
Ahora atendiendo que dichos documentos fueron arrimados de manera física al expediente y que con posterioridad fueron objeto de digitalización debe verificarse y/o certificarse si fue incorporado en dichas condiciones o si en su lugar hacen falta piezas procesales. Lo anterior, resulta indispensable en aras de proveer a una correcta valoración de los medios de convicción que integran 1 Ver folios digitales 285, 286 2 Ver folios 125 a 129 y 344 a 348 1100131030011201800210 03 1 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil el dossier, se itera que dichos legajos no se muestran en su integridad. 2.
En consecuencia, se dispondrá la devolución de la actuación al Juzgado de origen para que proceda a incorporar las piezas faltantes en el plenario e incorporarlas al mismo conforme la Circular PCSJC20-27 de 2020 Anexo 1 (Protocolo para la gestión de documentos electrónicos, digitalización y conformación del expediente. Plan de digitalización de expedientes) y el Acuerdo PCSJA24-12185 de 2024, organice debidamente la documental y proceda con la integración del expediente con las piezas procesales que deben conformarlo, según las observaciones anotadas.
Lo anterior, sin soslayar ni excusar la obligación que recae en la autoridad judicial de primera instancia de verificar y certificar que el sumario esté correcta y completamente conformado previo a su remisión al superior. Notifíquese, RUTH ELENA GALVIS VERGARA Magistrada Firmado Por: Ruth Elena Galvis Vergara Magistrada Sala Civil 1100131030011201800210 03 2 Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2319d8e164610fb8e438fd7ca58e1a06b7745732bde7e0b20b7a70b39721b5ea Documento generado en 27/11/2025 05:18:32 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica