TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA CIVIL – FAMILIA Rad. 47.001.31.53.005.2020.00004.02 Santa Marta, veinte veinticuatro (2024). (20) de agosto del dos mil La Suscrita Magistrada se declara impedida para conocer de la apelación formulada contra la sentencia del 17 de junio del 2024, proferida por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Santa Marta, dentro del proceso verbal de responsabilidad médica promovido por José Francisco Rosado Cuao, Amanda Isabel Perea Díaz, José David Rosado Perea, Gustavo Adolfo Rosado Perea, German de Jesús Rosado Perea, Cristian Andrés Rosado Perea, Juan Carlos Rosado Perea, Nohora Virginia Cuao Jiménez contra Clínica de Fracturas Tayrona IPS SAS y Clínica Fundación Cardiovascular de Colombia, llamó en garantía Seguros del Estado S.A. Al estar incursa en la causal 6ª de recusación prevista en el artículo 141 del Código General del Proceso, que establece: “6.
Existir pleito pendiente entre el juez, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes indicados en el numeral 3, y cualquiera de las partes, su representante o apoderado.” Lo anterior, en razón a que mi hija Eva Camila Miranda Fernández de Castro instauró acción popular contra la Clínica de Fracturas Tayrona IPS S.A.S., que cursa en el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Santa Marta con el Radicado 2023.00211.00, cuyo auto admisorio inserto a la presente.
Rad. 47.001.31.53.005.2020.00004.02 Así las cosas, al concurrir la causal de impedimento antes prevista, RESUELVE:
PRIMERO: Declararme impedida para conocer de la apelación formulada contra la sentencia del 17 de junio del 2024, proferida por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Santa Marta, dentro del proceso verbal de responsabilidad médica promovido por José Francisco Rosado Cuao, Amanda Isabel Perea Díaz, José David Rosado Perea, Gustavo Adolfo Rosado Perea, German de Jesús Rosado Perea, Cristian Andrés Rosado Perea, Juan Carlos Rosado Perea, Nohora Virginia Cuao Jiménez contra Clínica de Fracturas Tayrona IPS SAS y Clínica Fundación Cardiovascular de Colombia, llamó en garantía Seguros del Estado S.A.
SEGUNDO: En consecuencia, se debe poner en conocimiento de la H. Magistrada Dra. MARTHA ISABEL Rad. 47.001.31.53.005.2020.00004.02 MERCADO RODRÍGUEZ, quien sigue en turno en esta Sala de Decisión, para que resuelva lo pertinente.
NOTIFÍQUESE CÚMPLASE. MYRIAM FERNANDEZ DE CASTRO BOLAÑO Magistrada Firmado Por: Myrian Lucia Fernandez De C Bolaño Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4e6a6bb9cc13c2bc3374818eefa973a59ef36728f66ae22c16102df2e3925ecc Documento generado en 20/08/2024 09:29:32 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Rad. 47.001.31.53.005.2020.00004.02