Micelio

auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: 04AutoAdmiteVincula

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

ACCION DE TUTELA RADICADO: 20001-22-14-001-2026-00132-00 ACCIONANTE: CLEMENTE NEHEMÍAS ARMENTA MESTRE ACCIONADO: JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA CIVIL – FAMILIA – LABORAL Valledupar, veinticuatro (24) de abril de dos mil veintiséis (2026) Revisada la solicitud de amparo constitucional, considera el Despacho que la misma reúne los requisitos consagrados en el Decreto 2591 de 1991, para su admisión, por lo tanto,

RESUELVE

Primero. ADMÍTASE la acción de tutela promovida por Clemente Nehémias Armenta Mestre, contra el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Valledupar, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al acceso al debido proceso. Segundo.

NOTIFÍQUESE al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Valledupar a quien se le dará traslado de la demanda, para que en el término de dos (2) días siguientes del conocimiento de este proveído, tenga oportunidad de pronunciarse y aportar las pruebas que estime pertinentes. Tercero. VINCÚLESE al presente proceso a los demandados dentro del proceso ordinario los señores Rodolfo Armenta Mestre, Lusi Alberto Armenta Mestre y Heine Armenta Mestres y al Juzgado Quinto Civil del Circuito de Valledupar, teniendo en cuenta los hechos que sustentan el amparo.

En consecuencia,

NOTIFÍQUESELES la demanda de tutela y este proveído, para que en el término de los dos (2) días siguientes a la notificación, tengan la oportunidad de pronunciarse y aportar las pruebas que estimen pertinentes. En caso de no lograrse la notificación de los vinculadas, se ORDENA que por Secretaría se fije un aviso virtual en la página web de esta Corporación Judicial, para efectuar la notificación de la acción constitucional de la referencia. Cuarto. OFÍCIESE al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Valledupar para que, en el término de un (1) día a partir de la notificación, allegue digitalizadas las actuaciones surtidas dentro del proceso civil de pertenencia, identificado con radicado No. 20001-31-03-005-2007-00178-00.

ACCION DE TUTELA RADICADO: 20001-22-14-001-2026-00132-00 ACCIONANTE: CLEMENTE NEHEMÍAS ARMENTA MESTRE ACCIONADO: JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR Quinto. DECRÉTESE Y TÉNGANSE como pruebas los documentos aportados con el escrito de tutela y los demás que se incorporen a la actuación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ÓSCAR MARINO HOYOS GONZÁLEZ Magistrado