Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 14 2022-00224-01 Avoca y AceptaRenunciaJorgeIvanOchoa

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL REFERENCIA: DEMANDANTE: DEMANDADO: RADICACIÓN: APELACIÓN DE SENTENCIA. JAIME ANDRES LÓPEZ MARÍN BANCO W S.A. 76-147-31-05-001-2022-00224-01 AUTO No. 237 Guadalajara de Buga, Valle, primero (1º) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), Se admite el conocimiento del presente asunto, a fin de impartirle el trámite legal de la segunda instancia, en la forma y términos previstos en el Art. 82 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social.

Teniendo en cuenta que la renuncia al poder presentada por el apoderado judicial de la parte demandante, doctor JORGE IVAN OCHOA MUÑOZ, identificado con la cédula de ciudadanía 16.227.195 y T.P. 260.728 del C.S.J., vista a folio 26 de la carpeta de primera instancia, se ajusta a lo dispuesto en el artículo 76 del C.G.P., previo a correr traslado para alegaciones finales, se acepta la misma.

(poder conferido archivo 01 y reconocimiento personería archivo 06 de la carpeta de primera instancia). En virtud a lo dispuesto en el art. 33 del C.P.T. y S.S., se requiere al demandante JAIME ANDRES LÓPEZ MARÍN, para que en el término perentorio de cinco (05) días, designe nuevo apoderado judicial que lo represente en el presente asunto, en aras de brindar las garantías procesales que le asisten.

Por secretaría, comuníquese la presente decisión al señor JAIME ANDRES LÓPEZ MARÍN a la dirección electrónica aportada en su escrito de demanda: kalul@hotmail.com.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE CONSUELO PIEDRAHITA ALZATE Magistrada. Firmado Por: Consuelo Piedrahita Alzate Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e64494d7f9c1cf15f4cf0e9a51f28a975be63a3947873d2a1015866599621ffb Documento generado en 01/08/2024 02:05:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica