Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 028-2019-00119-03 DRA AYALA AUTO REQUIERE

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., diecinueve (19) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Radicado 11001 31 03 028 2019 00119 03 Proceso: Declarativo Demandante: Héctor Horacio Carvajal Calderón -sucedido procesalmente por Heidy Hayde Carvajal Calderón y Elsy Yolanda Calderón Hernández-.

Demandados: Diócesis de Zipaquirá. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Requerir al Juzgado Veintiocho Civil del Circuito de Bogotá para que, dentro del término de tres (3) días, contado a partir de la comunicación respectiva, de estricto cumplimiento a lo ordenado por esta magistratura en auto del 7 de noviembre de 20251, el cual fue comunicado a esa sede judicial mediante oficio No. C-1650 del 10 de noviembre cursante2, respecto de devolver actualizado y completo el acceso digital al expediente de la referencia. Lo anterior, en la medida en que si bien, en el proveído de 8 de julio de 20223, dicha sede judicial precisó que “[l]as demandas radicadas por el tercero excluyente fueron inadmitidas y en ocasión a la indebida subsanación fueron rechazadas”; y que “[l]as decisiones de rechazo de las demandas formuladas por el tercero excluyente… fueron recurridas extemporáneamente”, lo cierto es que en el repositorio digital -específicamente, en las carpetas donde reposan los libelos que promovió el citado interviniente4- no obran los referidos proveídos de rechazo, los recursos que frente a esas decisiones se interpusieron y los autos que se pronunciaron frente a dichos medios de impugnación. 1 Cfr. PDF 005 – Cuaderno Tribunal. 2 Cfr. PDF 006 y 007 – Cuaderno Tribunal. 3 Cfr. Fls. 626-628, 001Folio1-479.pdf, C01PRINCIPAL. 4 Cfr. C05DEMANDAPERTENECIA y C06DEMANDASIMULACION Radicado: 11001 31 03 028 2019 00119 03 De no ser posible la remisión de las piezas extrañadas, se deberá proceder a la reconstrucción, e informar a este despacho de tal decisión. Secretaría, oficie a la precitada sede judicial por el medio más expedito informándole lo aquí ordenado y anexando copia de los archivos PDF 005, 006 y 007 de este cuaderno. Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2da1f097fc6323e8a06106e6b81c83d8cbdacba988c5499ae8b051c2da877d6a Documento generado en 19/11/2025 03:42:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica