Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2022-00282-01

Sala: SALA LABORAL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Clase de Decisión Demandante Demandado Radicación MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Auto German Guillermo Prieto Pardo Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, Colfondos Pensiones y Cesantías y Sociedad Administradora de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. 73001-31-05-003-2022-00282-01 Ibagué, Tolima, veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 25 de junio de 2025 (AL5665-2025), declaró bien denegados los recursos de casación que los apoderados judiciales de Colfondos Pensiones y Cesantías y de la sociedad Administradora de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. presentaron contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto (archivo 13 expediente electrónico actuaciones de la Corte).

De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el ordinal segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 19 de septiembre de 20241 (Archivo 9 expediente electrónico de segunda instancia), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

Cúmplase, MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Magistrada 1 Sentencia, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué – Sala Laboral de septiembre 19 de 2024 dentro del radicado: 73001-3105-003-2022-00282-01: “RESUELVE…SEGUNDO.-. COSTAS en esta instancia a cargo de las demandadas COLFONDOS S.A. y Colpensiones y a favor de la demandante ante la improsperidad del recurso.

Las agencias en derecho se fijan en razón de $1.300.000 para cada una de ellas.” Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d531891ebc85d293d91c010fe4104cefede150559c8911d0e0fe3ad0c0b76e43 Documento generado en 23/10/2025 03:31:32 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica