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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 001 2023 00045 01 DRA GARCIA AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente Bogotá D. C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Proceso. Radicación N.°. Demandante. Demandadas. Verbal 11001 3103 001 2023 00045 01 JAIME CERÓN CORAL Y COMPAÑÍA LIMITADA. NOMO S.A.S. FIDEICOMISO LOTE SAHEKO NOMO PASADENA ADMITIR el recurso de apelación formulado por el apoderado de la parte demandante de la referencia contra la sentencia proferida en audiencia el 22 de abril hogaño, por el Juez 1° Civil del Circuito de Bogotá D.C., de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.

Por lo anterior, CONCEDER al recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.

Advertir al censor que, en ese lapso y en ésta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló ante el a quo o manifestar si se tiene como sustentación el escrito que presentó ante el juez de instancia, pues en caso de guardar silencio, se declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de recursos asignados al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 30e9ba8ed43f6a0b089af1857ac0369bf81bf6984eaae3d52e002d38d6cc6b2f Documento generado en 24/05/2024 10:40:22 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica