Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMAJUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso Radicado Demandantes Demandados Providencia Tema Decisión Sustanciadora Verbal – Responsabilidad civil extracontractual 05001 31 03 008 2023 00088 01 Johan Andrey Layos Tabares y otros Arquimedes Montoya Acevedo y otros Auto Recurso de apelación sentencia Admite recurso de apelación Martha Cecilia Lema Villada El despacho procede a estudiar la admisión del recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia proferida el 12 de julio de 2024 en el proceso de la referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 321 y 323 del Código General del Proceso (C.G.P.).
Una vez efectuado el examen preliminar de que trata el artículo 325 ibidem, el Despacho, ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación formulado por la parte demandante a la sentencia de 12 de julio de 2024 proferida por el Juzgado Octavo Civil del Circuito de Medellín en el proceso de la referencia, en la cual negó la totalidad de las pretensiones.
Ejecutoriado el presente auto se dejará transcurrir el término de cinco días de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, para que la parte recurrente sustente la apelación y a continuación correrán los cinco días de traslado de la sustentación a la parte contraria. Se recuerda el deber de las partes de enviar a la dirección de correo electrónico de las demás, un ejemplar de las alegaciones a más tardar el día siguiente de la presentación (núm. 14 art. 78 CGP).
También se les informa que para solicitar el link del expediente escaneado podrán comunicarse al siguiente correo electrónico noti01secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para el efecto se debe indicar el radicado completo del proceso y toda la información de contacto.
NOTIFÍQUESE MARTHA CECILIA LEMA VILLADA Magistrada