República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil de Decisión Magistrada Sustanciadora SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Treinta y uno (31) de enero de dos mil veinticinco (2025) 000 2025 00083 00 Inadmítase la anterior demanda de revisión, para que en el término de cinco (5) días, so pena de rechazo, sea subsanada en lo siguiente: 1.
A fin de reconocerle personería para actuar al abogado Gustavo Sierra Prieto como mandatario Vitra Health S.A.S., deberá allegar certificado de existencia y representación legal de la citada sociedad debidamente actualizado. 2. Indique la clase de proceso verbal que se tramitó en el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogotá, así como el número completo de radicación, en el que fungieron como partes, GENBIE S.A.S. – en calidad de demandante- y VITRA HEALTH S.A.S. – como accionada-. 3.
Aporte la constancia secretarial de la ejecutoria de la sentencia dictada por el Juzgado 32 Civil del Circuito de esta ciudad, debido a que ese documento es indispensable para agotar con éxito el examen preliminar de la revisión, pues, en palabras de la Corte Suprema de Justicia, de ese anexo “dimanará la contabilización del término que establezca la procedencia del recurso” 1. 4.
Satisfaga lo exigido en el penúltimo inciso del artículo 6º de la Ley 2213 de 2022, acreditando la remisión de la copia del libelo y sus anexos a quienes deben ser parte del presente trámite. La subsanación de las deficiencias advertidas deberá integrarse en un nuevo escrito de demanda (Inc. 2, artículo 89 C.G.P).
NOTIFÍQUESE, SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Magistrada Firmado Por: Sandra Cecilia Rodriguez Eslava Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a9db53c25e053d576af9e0d68602745b7ccc6dfd148e1f54b1eb8828c844056f Documento generado en 31/01/2025 12:58:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil.
Auto del 28 de julio de 1992. 000 2025 00083 00