Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: T-00220-2025 AUTO ADMITE TUTELA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Sala Sexta de Decisión Sala Civil Familia ACCIÓN DE TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA CÓDIGO: 08001221300020250022000 RAD. No. T-2025-0220 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA SEXTA DE DECISIÓN Barranquilla, DIEZ (10) de ABRIL del año dos mil veinticinco (2025).

Procede el Despacho a avocar el conocimiento de la presente ACCIÓN DE TUTELA instaurada por MUNICIPIO DE GALAPA en contra del JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE GALAPA y JUZGADO ONCE CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA por la presunta vulneración del derecho fundamental al DEBIDO PROCESO. Ténganse como pruebas los documentos presentados con el escrito de tutela.

Por Secretaría, ofíciese a la autoridad accionada para que realice los descargos frente a la tutela incoada en su contra, en el perentorio término de cuarenta y ocho (48) horas y, aporte las pruebas que pretenda hacer valer. Por poder resultar afectados con la decisión que se adopte por esta Corporación, de conformidad con el Decreto 2591 de 1991, convóquese al presente trámite a todos los intervinientes al interior del proceso de Rad.: 08296408900220240068400, así como al señor IVÁN JARAMILLO UPEGUI, NANCY CARVAJAL CASTELLAR y ROSALBA ROJAS URREA y a la PROCURADURÍA DELEGADA ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR PARA ASUNTOS CIVILES.

Procédase con la remisión de la copia de la presente demanda de tutela a todos los vinculados, para que en el término improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas, den respuesta o contestación a la misma con sus respectivas explicaciones. Por Secretaría, proceda a efectuarse la notificación correspondiente, y envíesele el traslado. Requiérase a los accionados JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE GALAPA y JUZGADO ONCE CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA para que remita copia digital del expediente Rad. 08296408900220240068400, así como para que informe los nombres y Dirección: Carrera 45 Nro. 44-12 Teléfono: 300-2702658 Correo scf07bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.

Colombia 1 República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Sala Sexta de Decisión Sala Civil Familia direcciones de notificación de los intervinientes. En cumplimiento del ACUERDO PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020, se dispone que la respuesta y las comunicaciones correspondientes, se realicen por medio del correo electrónico de la secretaría de la Sala y de este despacho: ggomezri@cendoj.ramajudicial.gov.co y scf07bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Firmado Por: Sonia Esther Rodriguez Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 7 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 040ef0711d7b6ca1b1f916ee62c1460d155148a9a97f861b155709de1fc23d16 Documento generado en 10/04/2025 03:34:10 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Dirección: Carrera 45 Nro. 44-12 Teléfono: 300-2702658 Correo scf07bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.

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