República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA TERCERA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Magistrada Ponente Expediente No. 41001-22-14-000-2026-00098-00 Neiva, veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Previa admisión de la demanda de revisión, al tenor del artículo 358 del Código General del Proceso, se REQUIERE al Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Neiva, para que dentro del término de diez (10) días siguientes a la notificación de esta decisión, remita digitalizado el proceso ejecutivo con radicado 41001-41-89-001-202200457-00, promovido por Pacifico Collazos Fierro contra Luz Dary García García.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Magistrada Firmado Por: Luz Dary Ortega Ortiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b569b001a88099c19ac9fb312a70dc5fda9873e194d3ea783f7924fef6d36397 Documento generado en 21/05/2026 10:57:47 AM República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 41001-22-14-000-2026-00098-00