Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0826-2025 AutoAdmiteApelacionConsulta EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Se Advierte

REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionados: Llamados Garantía: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral EDGAR PALACIO RAMIREZ COLPENSIONES, PORVENIR S.A. y COLFONDOS S.A. ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A., AXA COLPATRIA SEGUROS DE VIDA S.A. y COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A. 68001-31-05-005-2024-00237-01 2025-0826 Ineficacia Traslado Régimen Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por las demandadas COLPENSIONES, PORVENIR S.A. y COLFONDOS S.A., respecto de la sentencia proferida el siete (07) de julio de 2025 por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bucaramanga.

Asimismo, se admite el Grado Jurisdiccional de Consulta en favor de COLPENSIONES, respecto de la sentencia proferida el siete (07) de julio de 2025 por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bucaramanga, por causa y ocasión de lo dispuesto en el art. 69 del C.P.T.S.S., Mod, Ley 1149 de 2007 art. 14. EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes apelantes y en cuyo favor opera la consulta para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días.

VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9059d8e988a40d8b0f8c7451fb5a3c03557675a54a234b996a3cb3cae80dca3c Documento generado en 22/07/2025 01:00:04 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica