Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2025-00643-00 DR ACOSTA AUTO NO DA TRAMITE RECURSO REPOSICION & SUPLICA

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Ricardo Acosta Buitrago

Bogotá, D. C., dieciocho (18) de julio de dos mil veinticinco (2025) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTE BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA S.A. DEMANDADO CLASE DE PROCESO DIECIOCHO CIVIL DEL CIRCUITO REVISIÓN Teniendo en cuenta que la decisión que pretende recurrir es una sentencia (inciso 4 art. 359 del C.G.P.), la reposición no procede porque de conformidad con el artículo 318 de la obra citada solo es viable contra autos; tampoco la súplica pues la regla consagrada en la pauta 331 está supeditada a los autos que se dicten en el trámite de la casación o revisión. La norma procesal no prevé otro recurso contra la sentencia que resuelve un recurso extraordinario de revisión. Por tanto, no se da curso a la solicitud de la demandante.

NOTIFIQUESE, Código Único de Radicación: 11001220300020250064300 Radicación Interna 30