Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 006-2024-00179-01 DR YAYA AUTO DECLARA DESIERTA

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco 11001 3103 006 2024 00179 01 Ref. proceso ejecutivo de Banco Davivienda S.A. frente a Hernán Darío Valbuena Como quiera que la parte ejecutante no sustentó su recurso de apelación, en la oportunidad que consagra el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 (que se computó a partir de la ejecutoria del auto del pasado 9 de septiembre de 2025, mediante el cual se admitieron los recursos verticales), el suscrito Magistrado DECLARA DESIERTA la alzada que se interpuso contra la sentencia que, en primera instancia, se profirió en el proceso de la referencia. Lo anterior, en atención a las previsiones del inciso final del artículo 322 del C. G. del P., por cuya virtud, “el juez de segunda instancia declarará desierto el recurso de apelación contra una sentencia que no hubiere sido sustentado”.

Esta decisión armoniza con lo que, ante situaciones similares, de manera reciente resolvieron, tanto la Sala de Casación Civil de la CSJ (STC9313 de 31 de julio de 2024, M.P., Fernando Augusto Jiménez Valderrama), como la Corte Constitucional (sentencia T-350 de 23 de agosto de 2024, M.P., Cristina Pardo Schlesinger). Devuélvase el expediente a la oficina de origen.

Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6ac4c2e1a92c20f8b7da1b889e6414a06e57f15604ef7a514b67ee3cb79acbcf Documento generado en 24/09/2025 12:56:09 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 OFYP 2024 00179 01