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auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: Auto AyT 13001310500420240011401 ROBERTO CARLOS AHUMADA SILVA

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR SALA DE DECISIÓN LABORAL FIJA No. 2 Cartagena de Indias, D. T y C, Veinticinco (25) de Mayo de dos mil veintiséis (2026). Tipo de Proceso: Radicado: Demandante: Demandado: Ordinario Laboral (2ª instancia) 13001310500420240011401 ROBERTO CARLOS AHUMADA SILVA FONDO NACIONAL DEL AHORRO Y OTROS Magistrada Ponente Tema: CATALINA DEL CARMEN RAMIREZ VILLANUEVA Auto admite y corre traslado.

Admítanse los recursos de apelación presentados por los apoderados de las partes demandante y demandada FONDO NACIONAL DEL AHORRO en contra de la sentencia de fecha veintisiete (27) de noviembre del dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Cuarto Laboral Del Circuito de Cartagena, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS), modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007.

Ejecutoriado este auto, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, córrase traslado por Secretaría a las partes por el término común de cinco (5) días, para que presenten sus alegaciones por escrito si a bien lo tienen. Una vez cumplido lo anterior, en orden de evacuación de procesos (por fecha de reparto y por asunto) el Despacho emitirá la respectiva decisión de manera escrita.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CATALINA DEL CARMEN RAMIREZ VILLANUEVA Magistrado (a) Ponente Firmado Por: Catalina Del Carmen Ramirez Villanueva Magistrada Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5fa1794603dd09e46564a02310ac5f291d459d69bf7ef2804649c519af1fcd9d Documento generado en 25/05/2026 03:11:24 PM REPÚBLICA DE COLOMBIA Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica