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auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2025-00072-01 SIUGJ

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 730013105003-2025-00072-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de Sentencia Auto Ordinario Daniel Mauricio Fuentes Acosta Unico Technology & Solutions S.A.S 730013105003-2025-00072-01 Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué-Tolima Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, Dieciséis (16) de febrero del dos mil veintiséis (2026) De conformidad con el artículo 66 del CPT y de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida el veintitrés (23) de enero del dos mil veintiséis (2026) por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué Tolima.

Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión. Se concede el término de 5 días a la parte demandante para presentar sus alegatos, y a continuación, para los mismos términos, se le otorgan 5 días a la parte demandada. Se le hace saber a las partes que los alegatos de conclusión deberán ser radicados por medio de aplicativo SIUGJ Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por la parte demandante contra la providencia del veintitrés (23) de enero del año dos mil Radicado: 730013105003-2025-00072-01 veintiseis (2026), proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué Tolima.

SEGUNDO: CORRER traslado a las partes para presentar sus alegatos de conclusión. El término para las alegaciones se computará así: 5 días para la parte demandante y posteriormente 5 días para la parte demandada. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5e1c0d4db23071aa75a33894c92fed1028ff0b415a96b65279fd1910a3545991 Documento generado en 16/02/2026 03:35:44 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica