Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310303120210012301_DraAyalaAutoRequiere

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Radicado 11001 31 03 031 2021 00123 01 Proceso: Declarativo Demandante: David Rincón Vásquez. Demandados: Eizabeth Moreno Rodríguez y otros. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Previo a resolver lo que en derecho corresponda sobre las apelaciones interpuestas contra el fallo de 26 de abril de 2023, se requiere al Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá para que, dentro del término de tres (3) días, contado a partir de la comunicación respectiva devuelva actualizado y completo el acceso digital al expediente de la referencia. Lo anterior, en la medida en que, revisado el archivo contentivo de la audiencia de 21 de febrero de 20231, se verifica que no quedó grabado el audio de la totalidad de la declaración de parte rendida por la demandada Lina Marcela Rodríguez Moreno. En efecto, al realizarse la primera pregunta -minuto 10:41- la grabación continúa, pero no queda en audio la respuesta de la interrogada, silencio que se extiende hasta el minuto 12:41; situación que se repite de minutos: 12:53 a 12:57; 13:02 a 13:51; 14:01 a 14:18; 14:37 a 14:48; 14:55 a 14:58; 15:18 a 15:44; 15:48 a 16:04; 16:14 a 16:35; 16:48 a 17:04; 17:19 a 17:42; 20:25 a 21:42; 21:46 a 22:38; 23:08 a 23:55; 23:59 a 24:08 y 37:05 a 37:51, circunstancia que impide la valoración de dicho medio de convicción, la que resulta necesaria para la debida definición de la litis. 1 Cfr. Archivo: “Cfr. Archivo: Folio 114, “01CuadernoUnoTomoUno.pdf”.

Radicado: 11001 31 03 031 2021 00123 01 De no ser posible la remisión de las piezas extrañadas, se deberá proceder a la reconstrucción, e informar a este despacho de tal decisión. Secretaría, oficie a la precitada sede judicial por el medio más expedito informándole lo aquí ordenado. Hasta tanto se reciban los archivos echados de menos se suspende el término para decidir.

Secretaría proceda de conformidad. Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 952c8b9aba389f89536f77f34f5ee504e2b8b47c7b24ddaccb692f5c3c55f8ce Documento generado en 23/02/2026 10:11:14 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica