Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 016-2015-00145-02 DRA AYALA AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 11001 31 03 016 2015 00145 02. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Reunidos como se encuentran los requisitos legales, se admite el recurso de apelación interpuesto por los demandantes y el acreedor hipotecario contra la sentencia dictada el 19 de septiembre de 2024, por el Juzgado Cincuenta Civil del Circuito adjunto de Bogotá. Los apelantes deberán sustentar su recurso dentro de los cinco (5) días posteriores a la ejecutoria de este auto, mediante escrito dirigido al correo electrónico de la Secretaría de este Tribunal1, acompañado de constancia de envío a su contra parte2, última esta quien podrá pronunciarse, a través del mismo canal y dentro de un término igual, contado una vez finalizado el primero. (artículo 12 de la Ley 2213 de 2022) Notifíquese y cúmplase, 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co 2 Numeral 14° del artículo 78 del Código General del Proceso y 9° de la Ley 2213 de 2022.

Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 426e4b9bf6984b43927b14c486e85a99e551b046c78a3d964b7d9688b5c355bb Documento generado en 21/10/2024 10:33:38 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica