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auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 3. 13836310300120210026801 AutoAdmiteRecursodeApelacion

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

PROCESO: VERBAL DECLARATIVO ESPECIAL DE EXPROPIACION RADICADO: 13836310300120210026801 DEMANDANTE: AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRCUTURA - ANI. DEMANDADO: AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS A.N.T TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL-FAMILIA Magistrado Sustanciador: DR. JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Cartagena de Indias, nueve (09) de febrero de dos mil veintiséis (2026) De conformidad con el artículo 327 del C. G. del P., se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 20 de enero de 2026 proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Turbaco. a. La parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro del término de cinco (5) días, contados desde el día siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta providencia. Para tal fin “deberá sujetar su alegación a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”, según se desprende del inciso final del artículo 327 del C. G. del P. “Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. El recurrente deberá tener en cuenta que según prevé el artículo 109 del C. G. del P., “los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término”. b. Los escritos de las partes durante este trámite deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co c. La fijación de los estados y los traslados podrá ser consultada en el micrositio asignado a la Secretaría de la Sala en la Página Web de la Rama Judicial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Jose Eugenio Gomez Calvo Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 43dc2c6cdf32e472a0bc99e2fde757afa8a25d9abba4847fe5e83d5414475bf5 Documento generado en 09/02/2026 01:59:55 PM PROCESO: VERBAL DECLARATIVO ESPECIAL DE EXPROPIACION RADICADO: 13836310300120210026801 DEMANDANTE: AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRCUTURA - ANI.

DEMANDADO: AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS A.N.T Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica