REFERENCIA: PROCESO ORDINARIO LABORAL RADICACIÓN: 05 308 31 05 001 2024 00365 01 DEMANDANTE: GIOVANNI BOHÓRQUEZ BOHÓRQUEZ, LUZ DIONA GUERRA CATAÑO, KEVIN ALEXANDER BOHÓRQUEZ GUERRA y YONATAN BOHÓRQUEZ GUERRA DEMANDADO: COMPAÑÍA COLOMBIANA DE CERÁMICA SAS Medellín, veintidós (22) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el(os) recurso(s) de apelación interpuesto(s) contra la sentencia proferida el 10 de septiembre de 2025 por el Juzgado 1° Civil con Conocimiento en Procesos Laborales del Circuito de Girardota.
De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días a cada una, iniciando por el(os) apelante(s) de manera conjunta y siguiendo por las demás partes, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por secretaría regresen las diligencias al despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/r/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/Documents/00. %20ANAQUEL%20ACTIVO%20Des17SLTSMed/02REPARTO%20GENERAL/Girardota%20(053 08)/Juzg.%201%C2%B0%20Civ.%20Cto%20Girardota/05308310300120240036501?csf=1&we b=1&e=bFkpi5 Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d7455e193b48bdcf835cb72ae3287a9d619807df5fce1632b1e8083e9326742f Documento generado en 22/09/2025 01:00:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica